Factura electrónica

Con esta solución podrás tener digitalizado el flujo de emisión de las facturas a tus clientes.

Facturas en formato estructurado: tendrás la posibilidad emitir facturas en formatos estructurados, al menos en formato FACTURA-E, para facilitar su tratamiento automatizado.

Facturas ilimitadas: podrás emitir un número ilimitado de facturas.

Clientes ilimitados: tendrás la capacidad de enviar facturas a un número ilimitado de clientes.

Productos o servicios ilimitados: podrás crear un número ilimitado de productos y/o servicios facturables dentro del catálogo.

Envío de facturas por correo electrónico: la solución implantada por el Agente Digitalizador de tu elección te posibilitará enviar facturas directamente por correo electrónico.

Personalización de facturas: las facturas serán personalizables, incluyendo la selección de tu logotipo.

Copias de seguridad periódicas: podrás realizar copias de seguridad, con posibilidad de una periodicidad diaria.

1 GB Almacenamiento/Histórico de facturas: tendrás un almacenamiento de, al menos, 1 GB para las facturas.

Integración con otras soluciones: la solución deberá disponer de API o Web Services para su integración con otras herramientas, así como permitir la carga de datos de manera manual.

Control de vencimiento de las facturas: tendrás un sistema de control del vencimiento de las facturas.

Cumplimiento: podrás asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable, en concreto el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación del Real Decreto 1619/2012, así como cualquier normativa de aplicación.

0 < 3 empleados: 500 € (hasta 1 usuario)

3 < 9 empleados: 1.000 € (hasta 3 usuarios)

10 < 50 empleados: 1.000 € (hasta 3 usuarios)

*A estos precios habrá que añadir los importes relativos a los servicios de parametrización, formación y migración de datos. Estos servicios serán subvencionables, hasta el límite de cada categoría de solución de digitalización y en todo caso al número de  horas destinadas a este propósito y que para cada uno de los segmentos de empresas será como máximo, según lo regulado en el anexo IV de la Orden ETD/1498/2021 de 29 de diciembre, el siguiente:

Segmento I (10 < 50 empleados) 60 horas aprox.

Segmento II (3 < 10 empleados) 10 horas aprox.

Segmento III (0 < 3 empleados) 5 horas aprox.

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